A más tardar 90 días antes de los comicios, los ministerios y las entidades autónomas y semiautónomas deberán entregar al Tribunal Electoral (TE) la lista del transporte estatal, así como la de sus conductores, con el fin de verificar la información y posteriormente comunicar el equipo rodante, marítimo y aéreo que se requerirán el día de los comicios del 5 de mayo de 2024.
El artículo 141 del Código Electoral establece la obligatoriedad de las instituciones públicas de poner a disposición del Tribunal Electoral toda su flota vehicular ocho días antes de la Elección General y hasta tres días después de finalizada la votación, incluidos automóviles, lanchas, barcos, aeronaves y cualquier otro medio de transporte que sea útil para el traslado de personas o carga.
Los responsables de la Comisión de Servicios Administrativos del Plan General de Elecciones (PLAGEL) se reunieron con los enlaces de las diversas instituciones del Estado para coordinar la logística de distribución de los vehículos que se utilizarán durante las votaciones, a quienes respondieron sobre temas afines a la cantidad de autos, sus condiciones mecánicas y los lugares en los que serán asignados.